viernes, 19 de enero de 2007

APORTACIONES EN TORNO A LA MODALIDAD LINGUISTICA ANDALUZA: La ley del andaluz


Desde un punto de vista lingüístico, el DIALECTO ANDALUZ, es un “sistema lingüístico” capaz de satisfacer todas las necesidades, del grupo humano, que lo emplea.
Nada hay en él que lo haga ni mejor ni peor, desde un punto de vista práctico, a otros dialectos del grupo ibero-romance, como el Gallego, Asturiano, Portugués, Aragones o Castellano.
La actual situación lingüística del Estado, no es el resultado de una evolución natural, sino de la imposición, de los intereses políticos, económicos y culturales de una determinada etnia, la castellana.
La negación de algunas modalidades lingüísticas en el Estado, como el Asturiano o el Andaluz, tiene mucho que ver con una determinada ideología política, pero nada con la ciencia o la lingüística.
La marginación, ridiculización, persecución y NEGACIÓN MISMA DEL DIALECTO ANDALUZ, no es un hecho casual, sino un plan diseñado, para borrar cualquier seña de identidad andaluza.
Desde la Revista Layon Leto, abogamos por lo tanto, por el reconocimiento de la realidad lingüística y cultural de Andalucía, la normalización de su uso oral, como escrito del Andaluz, y su acceso a los medios de comunicación y a la escuela.
Nos comprometemos a emplear el Dialecto Andaluz como “LENGUA LITERARIA”. A dignificar su uso y a transformarlo en un instrumento de modernidad y vanguardia.
Y ejercemos este derecho, en base, a la Carta de las Naciones Unidas sobre los derechos Lingüísticos, la Ley de a Unión Europea sobre las Lenguas Minoritarias, la Constitución del Estado Español y el Estatuto de Autonomía de Andalucía.
- necesitamos que la sociedad civil se organice para exigir el cumplimiento en materia lingüística tal como se refleja en el Estatuto de Autononomía.
- Que haya un reconocimento explícito del Andaluz y que se tomen medidas en dicho sentido.
Algunas consideraciones sobre el Andaluz oral y escrito
Quiero empezar dejando bien claro que soy un firme partidario de la escritura del Andaluz, de dar ese salto cualitativo que supone pasar de la oralidad a la escritura, y soy partidario de ello porque pienso que en el devenir histórico, social y cultural del territorio andaluz, e incluso de otras zonas del sur peninsular andaluzoparlante, nos ha hecho hablar (proceso mental) de una manera determinada, muy diferente a la de otros pueblos peninsulares, y lo que se habla se acaba escribiendo. Seguramente esta explicación, así, expuesta de esta manera no convenza demasiado en las filas de la “filología española”, pero mi intención con este dossier no es convercerles, porque esta vez no me dirijo a ellos, y por tanto no quiero meterme en discusiones lingüísticas y filológicas en las que ellos intolerantemente siempre dicen llevar toda la razón, porque son muy “científicos”. Me dirijo a aquellas personas que admirablemente, e incluso, porqué no, valientemente, están trabajando en la escritura del andaluz.
Como decía al principio, el que el andaluz pase de la oralidad a la escritura se puede considerar como un “salto cualitativo”, quiero decir, comúnmente una lengua suele adquirir prestigio en el contexto social donde se hable, y con el contacto con otras lenguas, cuando se escribe, y se fijan unas normas para su escritura, y adquirirá aún más prestigio cuando se elabore literatura escrita con ella.
Mi consideración es la siguiente: partiendo de la base de que escribir el andaluz supone un “salto cualitativo”, para que esa cualidad se convierta en cantidad planteo que lo primero será hacer ver que lo que hablamos los andaluces es andaluz; como señalan muchos lingüístas, la lengua hablada posee unas características (su actualidad y viveza) que, aunque la lengua escrita tenga más prestigio social, lo escrito tendrá una subordinación determinante a lo hablado; si no hablaramos no habría escritura. Por tanto, quien crea y acepte que su vehículo de expresión diario es el andaluz, y si conseguimos que esa aceptación sea lo más mayoritaria posible, tendremos que, ya sea por necesidad de escribir lo que se habla o por “prestigio social”, el andaluz pasará, se podría decir irremediablemente, a una lengua escrita con sus normas. Para bien o para mal, ya no estamos en la Edad Media, cuando el paso de la oralidad a la escritura de muchas lenguas neolatinas y germánicas lo dio una élite cerrada y excluyente, los medios de comunicación y las nuevas tecnologías podrían hacer de este paso una verdadera obra de arte popular. Lo contrario sí que sería forjar una lengua artificial alejada de sus poseedores y depositarios: los andaluces
No podemos construir la casa por el tejado, hacer propuestas de escritura del andaluz es positivo, y aquí va mi total apoyo a los que están trabajando en ello para que sigan, pero que eso no nos lleve a olvidar lo más importante: la lengua hablada andaluza y el que nuestros paisanos la acepten como su particular manera de expresarse históricamente, ése es el primer paso para que cualquier propuesta de andaluz escrito tenga éxito; conviene que esto no sea olvidado por nadie.
Las modalidades Andaluza y Castellana, son dos modalidades lingüísticas diferentes, que si bien comparten muchos elementos fruto de una misma base latina (al igual que en el resto de lenguas romances) hemos de reconocer honestamente que la evolución histórica del Andaluz es bien diferente a las lenguas cristiano-mesetarias del Norte. Pretender lo contrario es hacernos partícipes (y más, a la fuerza) de algo que no nos pertenece, que nos niega y que acepta la dominación de Andalucía por parte de Castilla, algo inaceptable en todos los órdenes para los andaluces.
CONCIENCIA NO SIGNIFICA EXISTENCIA
La falta de conciencia nacional, para Kassaya Beridi, asociacion cultural andaluza, en ningún caso debe servir como decíamos antes, para impedir explorar caminos más interesantes si queremos estudiar sinceramente el Andaluz en todos sus ámbitos.
Desde Kassaya Beridi conscientes de que tras la conquista y todo su proceso progresivo de colonización y destrucción, el marco jurídico-político siempre ha estado subordinado, lo que ha impedido la Reconstrucción Nacional, y con ella, la posibilidad que trae ésta de potenciar, recuperar, investigar y desarrollar al Andaluz del aplanamiento lingüístico del que ha sido objeto, es objeto y seguirá siéndolo.
Por lo tanto, para Kassaya Beridi la dignificación, potenciación, desarrollo e investigación científica rigurosa del Andaluz y la recuperación irrenunciable e histórica del alfabeto andaluz es un acto liberador y recuperador, que nos permitirá conocer nues-tras raíces lingüísticas, abriéndonos posibilidades nada desdeñables en los aspectos gramaticales, léxicos, orales y literarios.
Kassaya Beridi, aun no se posiciona sobre la manera de escribir en Andaluz, deja por el momento que la individualidad que lo desee pueda hacerlo en la manera que le sea mas cercana y conveniente, dentro de las grafias propuestas. Aun estamos en ese proceso y no creo que priorizar ninguna opcion sea lo mas conveniente. Tan respetable como quienes no quieren hacerlo, es decir, no escribir en Andaluz.
Además de que para escribir en la lengua que habla, el pueblo andaluz no le tiene que pedir permiso a nadie, pasar de la oralidad a la escritura supone pues, un salto cualitativo que permitiría recrear libremente un fenómeno lingüístico (el Andaluz) ya de por sí existente y con ello, se abriría un camino importante en la normalización no sólo de los estudios o los aspectos sociales o lingúísticos, sino que comúnmente una lengua suele adquirir prestigio en el contexto social donde se hable, fijando unas normas que no surgen de “bases impuestas” como quieren nuestros detractores sino de la viveza y la riqueza de todo lo expresado en Andaluz, en cualquiera de sus formas.
La relación lingüística de la oralidad y la escritura es tal que si no hubiera modalidades lingüísticas sería imposible hablar de escritura alguna, es por tanto, indiscutible. El Andaluz es un lenguaje real que cumple su función comunicativa en un pueblo, su pueblo: el Andaluz.
Por tanto, quien crea y acepte que su vehículo de expresión diario es el Andaluz y si conseguimos que esa aceptación sea lo más mayoritaria posible tendremos que, ya sea por necesidad de escribir lo que se habla o por “prestigio social”, el Andaluz pasará, se podía decir irremediablemente, a una lengua completamente desgajada del castellano y escrita con sus normas. Lo contrario supone una aceptación de la dominación, una coacción antinatural y de índole política racista e injustificable y una supeditación de nuestro desarrollo cultural (y personal, por tanto) a los intereses de Madrid, de quienes jamás quisieron nada bueno para nuestro pueblo. Actualmente, los poderes no quieren reconocer el Andaluz, nuestro ámbito lingüístico, mientras han acabado aceptando el catalán, el gallego, el vasco, el valenciano, el bable o el aragonés.
LOS DIALECTOS ANDALUCES.
La tarea primordial es preservar este tesoro lingüístico. Ninguna lengua es homogénea ni uniforme. El castellano es un buen ejemplo de ello al igual que otras lenguas. Las diferentes modalidades que dan sentido y vida al Andaluz en su totalidad, son parte fundamental y corazón de nuestra lengua y acervo. El estudio del Andaluz en su conjunto, basado con propósitos de identidad, es la asignatura pendiente. La riqueza léxica y la diversidad lejos de fragmentar, unen. Y unen porque todas ellas, con sus particularidades se expresan en Andaluz. Se repiten fenómenos idénticos de Almería a Huelva, en Sevilla o Jaén, en Córdoba que en Málaga... Todas ellas son parte de una colectividad natural y no impuesta, específica: la andaluza. Decía Infante: “Habéis nacido aquí en esta tierra por causa natural, vosotros que aspiráis a socializarlo todo, empezad por la redención de vuestra tierra”.
La voluntad de unidad del pueblo andaluz terminaria por imponerse paulatinamente por exigencia misma de la naturaleza, lo que haría superar la división histórica entre los dialectos orientales y occidentales, una división ideológica creada y alentada por el españolismo para fragmentar la modalidad lingüística andaluza. (basta solamente un acercamiento primario al mapa lingüístico andaluz para ver que en la práctica no existen fenómenos exclusivamente orientales ni occidentales)
Pensamos que esa división ideológica ha sido el resultado de 500 años de opresión. El problema del pueblo andaluz ha sido, no el contar con un lenguaje propio (que lo teníamos y tenemos) sino de conocimiento. Tras la conquista Andalucía pasa de ser directora del mundo a pobre analfabeta. Se nos sumió en el más absoluto desprecio, el odio, la ignorancia contra nosotros mismos.En parte nos hicieron un favor sin quererlo: no previnieron de que la esclavitud a la que eran sometidos los andalusíes los quitarían del filtro castellano de la escuela, conservando así un andaluz más puro.
Apostamos por el reconocimiento y la implantación de la modalidad lingüística andaluza, incluyendo obviamente la histórica e irrenunciable reivindicación de devolver al Andaluz su gramática, una gramática que fue cortada a sangre y fuego de la boca y de los libros andalusíes; tal como corresponde y ya propusiera Blas Infante:”el lenguaje andaluz tiene sonidos los cuales no pueden ser expresados en letras castellanas...tal vez hoy alguien se ocupe en la tarea de devolver al andaluz su alfabeto”...”yo no he ganado todavía el premio que más me estimularía: el poder vivir en andaluz, percibir en andaluz, ser andaluz o escribir en andaluz”
Por ello, considerando de una parte la necesaria recuperación de nuestros usos y valores lingüísticos y siendo conscientes, como lo somos, de que la modalidad lingüística andaluza, lengua andaluza, habla andaluza, dialecto andaluz o como lo quieran llamar es un fenómeno digno de estudio y preocupación, abogamos por explorar todas las posibilidades que nos permitan estudiar, conocer, investigar, potenciar, difundir, dignificar y defender todos los ámbitos o caminos que nos abre el estudio de la modalidad lingüística andaluza, del Andaluz.
Para el Andaluz, la conquista castellana definitiva(y con ella la fundación del Imperio Español) significa un antes y un después, puesto que el Andaluz es sometido, bajo un decreto de 1573 de Felipe II bajo penas de azotes, galeras (expulsión) y graves tormentos. Es sometido a una dura represión y persecución de exterminio junto a las demás señas de identidad andaluza (morisca, en palabras despectivamente castellanas). A partir de ahí, sólo los documentos que se conservan y los recursos humanos orales (el pueblo) van a tener una importancia clave: la población andalusí mantiene bajo secreto su lengua, idiosincrasia, creencias...
La colonización afectó a la lengua andaluza en sentido de evitar que creciera libremente como lo venía haciendo en Al-Andalus y en otros períodos históricos como la Bética o Tartessos. Pero el sustrato queda ahí, ha quedado. Más que nada la colonización corta la influencia de arabismos en la literatura puesto que el pueblo utilizaba la Aljamía, romance andaluz arabizado en algunos aspectos, pero es la lengua por autonomasia del pueblo andaluz.Hubo colonización militar, pero nunca sustitución étnica ni lingüística.
Aunque vemos que después de 500 años de opresión e inquisición, el desde el primero hasta el último de los años, no paran de llegarnos referencias de que para bien (de muchos) o para mal (de algunos) el Andaluz sigue vivo. Ahí están nuestra garganta y literatura. El españolismo miente al decir que las diferencias lingüísticas son un invento nuestro, cuando solo un pueblo diferente del otro conquistador desarrolla, aún colonizado y vejado,como ocurrió en Andalucía, una lengua distinta, venga o no del castellano, (en el caso andaluz yo opino que no es hijo de él y pronto se confirmará el hecho de que si tuvo mucho que ver una parte de la emigración mozárabe andaluza a tierras cristianas con la aceptación de esos términos en otras lenguas romances y qué grado de influencia ejerció el andaluz en ellas).
Despues de tantos siglos de inquisición y dominio militar e ideológico, amén de político y económico, junto con la alienación y mixtificación cultural y su consiguiente represión, los andaluces desarrollan signos fónicos diferentes a los castellanos, además de poseer un sistema propio lingüístico. Quizá por eso les moleste tanto que le recordemos esa diferencia lingüística, porque esa diferencia, en Andalucía, es uno de los simbolos del fracaso de su colonización; que junto con el flamenco y otros aportes del patrimonio, son uno de los marcadores fundamentales y básicos de la cultura e identidad nacional de Andalucía.
La situación de disglosia y subordinación a la que es sometida la población andaluza junto a su modalidad lingüística ha dado lugar a una dualidad de registros, uno de los cuales tiene más prestigio social que el otro, viéndose el Andaluz estigmatizado en todos los sentidos, por cuestiones puramente políticas. Este tecncismo se refiere, en origen, a los conflictos bilingües entre una lengua dominante (la castellana) y otra dominada (el andaluz), pero algunos psicolingüístas como el profesor Titone de la Universidad de Roma, lo utiliza ya para casos como el nuestro. Para empezar por la reconstrucción del lenguaje hacia un camino de Construcción Nacional y Social, lo más conveniente para los/as andaluces/zas es abandonar todo tipo de complejos y pudores y ese “refugiarse” en el “qué mas dá” que es una de las trampas en que más fácilmente caemos los andaluces. Y es así porque la Modalidad Lingüística Andaluza trasciende la postura personal de cada uno de nosotros para convertirse en elemento clave de autoidentificación y no de autonegación, no como fin sino como medio para la libertad de Andalucía.
La Historia del Andaluz, como lengua, desde la conquista castellana, es la de la pura represión de las formas lingüísticas andaluzas. No obstante es el Andaluz la primera lengua prohibida por el Estado Español en decreto de Felipe II en 1573. Personalidades como Francisco Delicado (autor de “la lozana andaluza” en 1528) Blas Infante, Juan Ramón Jiménez, Demófilo, Rafael de León, Alvarez de Sotomayor, o Aben Bela entre otros muchos, trataron de ser consecuentes de una forma u otra con el valor y la dignidad de su lengua vernácula, el andaluz.
Los andaluces debido a su falta de conciencia nacional, no pueden exteriorizar sus verdaderos deseos porque no se ha producido una interiorización y concienciación del problema, sino que en términos generales el Andaluz, en la actual etapa histórica, sólo ha recreado esquemas prefabricados siendo incapaz de poner en marcha mecanismos que agudizen la percepción de su personalidad lingüística y por tanto enca-rar de una vez un camino de autoidentificación, lo que implica el cuestionamiento de algunas teorías infundadas y ortodoxas. Entendiendo, por supuesto el binomio “Identidad/Individuo” a niveles personales pero también a niveles comunitarios y nacionales. Con el apartado lingüístico se trata de examinar el hecho y la importancia del lenguaje en nuestras formaciones sociales históricas. La historia y antigüedad de nuestro lenguaje implica definitivamente la aparición y presencia de la cultura, como subjetivización y objetivización de una conciencia, y el concepto de un idioma o lengua anterior, que de muchas formas (fonética aparte) está presente en nuetsros días. Hay que evitar una falsificación de la realidad cultural e histórica del Pueblo Andaluz por medio del lenguaje.
Como afirma Antonio Chávez Rendón, Licenciado en Filología Árabe por la Universidad de Cádiz, dice: “romper moldes no es nada fácil, y mucho menos en un mundo en el que, en muchas ocasiones, nos dejamos llevar más por la firma que emite los juicios, que por los juicios en sí mismos. En este sentido proclamar el hecho lingüís-tico andaluz como algo propio, determinado por una Historia y una Literatura, es un gesto valiente, símbolo del compromiso que todo andaluz debe tener con su Historia y Cultura.
Se hace evidente la consideración misma de que el lenguaje, indiferentemente, habla y se refiere a todo un universo de conocimientos en el que están presente, además del metalenguaje, un sin número de esferas, técnicas de gran particularidad que en cada una de las formaciones sociales e históricas son expresión visible e indivisible de dicha identidad, de la madurez y el desarrollo cultural de un pueblo.
Las lenguas no son estructuras asépticas, de simple relación entre unas palabras y otras. Las lenguas son vehículos de comunicación y como tal expresan matices que en muchas ocasiones no podemos encontrar en la simple relación sintagmática. Afrontar el estudio del Andaluz implica no sólo su realidad lingüística, sino también como expre-sión real del posicionamiento de un pueblo ante la vida.
No debemos caer en el error de que los métodos academicistas o la falta de conciencia nacional, nos marquen los tiempos o aún peor, los contenidos de un debate propio. Sólo desde una perspectiva sistemática en la que el andaluz sea analizado teniendo en cuenta matices propios de la psicolingüistica y la psociolingüística, se podrá llegar a un conocimento más objetivo del andaluz como hecho lingüístico definido, una realidad para muchos abstracta y para otros real como la vida misma, denominada Andaluz.
Desde Kassaya Beridi, pretendemos, en definitiva, ayudar aponer piedras de ese enorme edificio al que aún le quedan millones de bloques por colocar; porque sólo desde unos cimientos firmes, desde la toma de conciencia por parte del pueblo del hecho diferencial andaluz en el plano lingüístico, se podrá conseguir que nunca más resida en el sentimiento del andaluz la conciencia de inferioridad. El camino es largo, pero necesario, porque de lo contrario estamos condenando a un pueblo como el andaluz a perder su propia identidad como tal. Lo condenamos, sin remedio alguno, a sentirse incapaz de reconocer su vehículo de comunicación diario algo que, por desconocimiento y desprestigio social, no se puede considerar como propio. Afortunadamente, aún nos queda la Palabra.


LA NORMALIZACIÓN Y DIGNIFICACIÓN DEL DIALECTO ANDALUZ

La elaboración de una “LEY DE NORMALIZACIÓN LINGÜÍSTICA” ha de basarse necesariamente en el reconocimiento y respeto de la riqueza lingüística de Andalucía. Partiendo del principio de que ninguna variedad o manifestación lingüística es mejor o peor que otra, y que todas merecen el mismo grado de respeto, protección y consideración.
La Junta de Andalucía, como parte integrada en el Estado Español, no debe por lo tanto favorecer o primar a una determinada variedad lingüística, en detrimento de otra.
La Junta y con ella todos los organismos de la Nacionalidad Andaluza, deben garantizar la conservación de la citada riqueza lingüística y cultural, protegiéndola y dignificándola. La CAA no sólo debe garantizar la conservación de la citada riqueza lingüística, sino que también debe garantizar los derechos lingüísticos de los hablantes de las distintas modalidades lingüísticas:
a) evitando que se ridiculice o limite el uso del Andaluz de cualquiera de las modalidades lingüísticas de Andalucía
b) garantizando la libertad de la población andaluza, para hacer uso de cualquiera de las variedades lingüísticas de forma cotidiana, en todos los ámbitos y esferas de la vida.
c) garantizando el derecho de los hablantes de una determinada modalidad lingüística a recibir al educación de ella y en ella, si así lo desean.
d) garantizando el derecho de los hablantes de una determinada modalidad lingüística a disponer de una publicación diaria, una emisora de radio y una emisora de TV en ella
e) garantizando el derecho de los hablantes de una determinada modalidad lingüística a poderse dirigir a la administración y estamentos oficiales en ella.
f) el que los rótulos oficiales e indicadores viarios estén en todas las modalidades lingüísticas andaluzas
Por su raigambre histórica, han de tener la consideración de “LENGUAS ANDALUZAS”:
1º.- la modalidad lingüística andaluza
2º.- la modalidad lingüística castellana
3º.- el caló o romaní.
4º.- y el inglés.
La lengua inglesa no debiera disfrutar de esa condición, hasta que el territorio de Gibraltar no se incorpore a Andalucía.
Y el caló a pesar de disfrutar plenamente de esta consideración, no gozaría en ningún caso de la condición de lengua oficial, al estar reducido su uso a a la minoría gitana.
Tanto sólo el Andaluz y Castellano disfrutarán de la condición de LENGUAS OFICIALES de la CAA.
El Andaluz además de la lengua andaluza y oficial de la CAA disfrutaría de la condición de “LENGUA NACIONAL DE ANDALUCÍA” por ser la lengua materna de prácticamente la totalidad de la población andaluza.
Para garantizar la citada riqueza lingüística y cultural la Junta de Andalucía debería crear un “DEPARTAMENTO DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA”, Facultades de Filología Andaluza en las diversas universidades de la CAA, así como una “AUTORIDAD DEL ANDALUZ”. En todo lo referente a la Modalidad Lingúística Andaluza, el órgano consultivo para la Junta de Andalucía, sería al citada “Autoridad del Andaluz”. Mientras en lo relativo al castellano, sería la RAE.
Por medio del “Departamento de Política Lingüística”, la Junta de Andalucía, edbería elaborar una “LEY DEL ANDALUZ”, con objeto de dignificar, proteger y normalizar esta lengua,a sí como garantizar los derechos lingüísticos de sus hablantes.
• La reforma del Estatuto.
La mencionada reforma de Chaves es una falacia, ya que para empezar, el 60% del Estatuto no está cumplido, y dentro de ese 60% supongo que está la modalidad lingüística andaluza, ya que desde las últimas décadas no se ha avanzado en materia lingüística y el incumplimiento hasta ahora es total. Tampoco el actual Estatuto explicita claramente qué tipo de proyección o protección se le va a dar al andaluz, ni tampoco aclara en qué ámbitos, porque en este campo es donde no se ha avanzado como debiera y desde donde las fuerzas españolistas mantienen la subordinación ideológica y lingüística de Andalucía.
Además de no contar la modalidad lingüística con ningun status especial ni sustancial variación con el actual texto dentro de esta reforma anunciada por Chaves y que en realidad sólo le sirve a sus intereses personales y de partido, ha habido y hay una grave regresión identitaria, que va desde el retroceso de la conciencia lingüística y cultural andaluza a la abolición del poco margen autónomo que permitía la Junta en los contenidos andaluces de la ESO. Si nuestra competencia es del 35% legalmente, actualmente no se le dedica ni un 5% de contenidos andaluces en la educación, además de presentar a Andalucía como una colonia sin voz ni cultura propia, como denuncia un estudio del CEHA.
La segunda modernización que pregonea el PSOE, es un engaño fáctico; sobre cómo y qué diran del Andaluz es el tema que importa y la tarea que importa en este frente y para todos los que defendemos el Andaluz. El primer paso para uan verdadera y justa normalización lingüística en Andalucía está en la toma de conciencia de los mismos andaluces, pero esto no será posible si la misma Junta no se implica en su defensa, ya que es una de sus misiones. El estatuto, aun no siendo el instrumento válido para cubrir y superar las necesidades y problemas de Andalucía, posee no sólo disposiciones que defienden el andaluz, sino que es su deber hacerlo, desde ya.
Y además, se ha de establecer explicitamente lo demandado por los andaluzoparlantes y sus asociaciones, en el texto. Si no, se le estará dando la espalda tanto a la modalidad lingüística andaluza, como al importante sector de andaluces que están demandando su normalización.

EL STATUS JURÍDICO DE LA LENGUA ANDALUZA Y LA REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE ANDALUCÍA.
La Constitución Española en su artículo 3 dice:
“1.- el castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
2.- las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas.
2.- la riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección”.

Está claro por lo tanto que en la Constitución no existe ningún impedimento legal que haga imposible el “NORMALIZAR, PROTEGER Y DIGNIFICAR LA MODALIDAD LINGÜÍSTICA DE ANDALUCÍA”, andaluz, dialecto andaluz, o como quieran llamar a nuestra lengua.
Durante la elaboración del Estatuto de Carmona el ponente del PSA (hoy PA) intentó introducir en el texto algún tipo de protección para el dialecto andaluz, a lo cual se opuso la UCD, reduciendo su protección a algo testimonial.
El Estatuto de Autonomía de Andalucía dice en su artículo 12.3, 2º:
“el acceso de los niveles de los andaluces a los niveles educativos y culturales que les permitan su realización personal y social. AFIANZAR LA CONCIENCIA DE LA IDENTIDAD ANDALUZA, A TRAVÉS DE LA INVESTIGACIÓN, DIFUSIÓN Y RECONOCIMIENTO DE LOS VALORES HISTÓRICOS, CULTURALES Y LINGÜÍSTICOS DEL PUEBLO ANDALUZ EN TODA SU RIQUEZA Y VARIEDAD”.
Es evidente que no se avanzará en la Normalización y Dignificación del Andaluz, mientras no se reforme el Estatuto de Autonomía para Andalucía.
La citada reforma ha de tener en cuenta la realidad sociolingüística andaluza. La modificación del actual status de la modalidad lingüística andaluza ha de evolucionar a la vez que lo hace dicha realidad. No hay por lo tanto que renunciar a pequeños avances, siempre que no olvidemos que el objetivo de nuestra lucha es, el reconocimiento del Andaluz como LENGUA NACIONAL DE ANDALUCÍA y su Normalización.
La riqueza lingüística de Andalucía no supone un problema, sino una ventaja para nuestro pueblo, el hecho de tener como lengua propia además de la modalidad lingüística andaluza, al inglés o castellano, las dos lenguas occidentales más importantes, abre para nuestro pueblo un abanico infinito de posibilidades de todo tipo.
La normalización y dignificación del andaluz no supondrá por lo tanto problema alguno para la modalidad lingüística castellana, la cual teniendo en Andalucía la consideración de lengua andaluza y cooficial y lengua vehicular del Pueblo Andaluz con el resto del Estado y el mundo hispano.
El texto del futuro estatuto reformado debería parecerse al artículo 4 del estatuto asturiano:
“1.- el bable goza de protección. Se promoverá su uso, su difusión en los medios de comunicación y su enseñanza, respetando en todo caso las variantes locales y la voluntariedad en su aprendizaje.
2.- Una ley del principado regulará la protección, uso y promoción del bable”.
O al artículo 7 del estatuto aragonés:
“ las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón gozarán de protección. Se garantizará su enseñanza y el derecho de los hablantes en la forma que establezca una ley de las Cortes de Aragón para las zonas de utilización predominante de aquellas”.
Por lo tanto el futuro estatuto andaluz reformado debería decir algo parecido a:
“Las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Andalucía gozarán de especial protección. Se promoverá el uso del Andaluz en la enseñanza, la administración y medios de comunicación.
Se promoverá la creación de un departamento de política lingüística, así como una autoridad del andaluz.
Tanto las modalidades lingüísticas castellana, inglesa, romaní tendrán la consideración de lenguas andaluzas; pero tan sólo el castellano y el andaluz tendrán carácter de lenguas oficiales.
El andaluz disfrutará, además, la condición de Lengua Nacional de Andalucía. Una futura ley garantizará su uso, dignificación y normalización”.
Detrás de las supuesta razones prácticas para no avanzar en la dignificación y normalización del Andaluz, no existe base lingüística alguna, tan sólo prejuicios ideológicos, políticos y nacionales.
Desde un punto de vista legal no tienen base alguna los que dicen que la Junta de Andalucía no ha de tomar medida alguna a favor de la Modalidad Lingüística Andaluza, y que han de ser sus hablantes a título individual los que luchen por su normalización y promoción.
Si se hubiera hecho eso con el castellano hoy no sería oficial ni estaría normalizado, además de no existir la RAE. Sin más preámbulo, aquí está el borrador de dicha ley:

LA LEY DEL ANDALUZ
El Estatuto de Autonomía de Andalucía garantiza en el artículo 13, 2, 3 que:
.-“ las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Andalucía gozarán de protección.
Se promoverá el uso del andaluz en la enseñanza, la administración y los medios de comunicación.”
Se promoverá la creación de una “Autoridad del Andaluz” con carácter consultivo, así como una “Ley de Normalización Lingüística”.
Tanto el castellano como el andaluz tendrán la consideración de “lenguas andaluzas”. De la misma condición dsifrutarán el caló y el inglés, esta última lengua a partir de la incorporación de Gibraltar a Andalucía.”
Es evidente que el castellano goza ya de la condición de “lengua andaluza y oficial”, y que sus hablantes tienen garantizados todos sus derechos lingüísticos. Y que el inglés a pesar de tener la condición de lengua extranjera en la actualidad es impartido como segunda lengua en todos los centros y niveles educativos de Andalucía.
Son por lo tanto el andaluz y el caló las lenguas o modalidades lingüísticas andaluzas, a las cuales no se le garantizan a sus hablantes sus derechos lingüísticos. El caló por estar su uso limitado a la minoría romaní, gozará de la condición de “lengua andaluza” y de un status especial.
El andaluz no sólo tendrá la condición de “lengua andaluza”, sino también la de “Lengua Nacional de Andalucía”. Es decir, se estaría reconociendo como nuestra lengua autóctona y vernácula.
Con el fin de lograr su dignificación, normalización y “oficialidad”, la Junta de Andalucía a través de su DEPARTAMENTO DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA y en colaboración con las FACULTADES DE FILOLOGÍA ANDALUZA de las diferentes universidades de la CAA(siempre y cuando, tal como dijo el pueblo andaluz en su momento y como dictamina el Estatuto, se establezca un sistema educativo andaluz propio) y LA AUTORIDAD DEL ANDALUZ, promoverá la elaboración de una “Ley del Andaluz”.
PREÁMBULO.
El Estatuto de Autonomía de Andalucía en su artículo 12,3,2, garantiza que el andaluz gozará de la misma protección que el castellano. Se promoverá su uso y enseñanza, con la intención de proteger la riqueza y diversidad lingüística de Andalucía.

Capítulo I
Disposiciones Generales.

Artículo 1.-
Lengua Nacional
El Andaluz como Lengua Nacional de Andalucía gozará del mismo respeto y protección que el castellano.
Artículo 2.-
El Castellano.
Tanto el Castellano como el Andaluz tendrán la consideración de “lenguas andaluzas”.
Artículo 3.-
El Caló.
El Caló tendrá la condición de lengua andaluza y gozará de un status especial, para garantizar los derechos lingüísticos de la minoría romaní.
Artículo 4.-
Objetos de la presente ley.
Es objeto de la presente ley:
a) el amparar y reconocer el dercho de los ciudadanos a usar el Andaluz.
b) fomentar la dignificación, normalización y desarrollo del Andaluz.
c) garantizar el uso del andaluz en la enseñanza.
d) asegurar el empleo del Andaluz en la administración y los medios de comunicación
e) impedir la ridiculización o discriminación de los ciudadanos que empleen el andaluz.

Capítulo II
El uso del Andaluz.
Artículo 5.-
Garantías.
1º) todos los habitantes de la Nacionalidad Andaluza tiene el derecho y el deber de conocer el Andaluz
2º) se tendrá por válida a todos los efectos el uso del Andaluz en las comunicaciones orales o escritas de los ciudadanos de Andalucía.
3º) la CAA propiciará el conocimiento del Andaluz por todos los empleados públicos, para disponer de los canales necesarios, para garantizar los derechos lingüísticos de los andaluzoparlantes.
4º) el conocimento del andaluz será valorado en las oposiciones y concursos públicos de la CAA.

Artículo 6.-
Publicaciones.
1º) las disposiciones, resoluciones y acuerdos de la Junta de Andalucía deberán publicarse además de en castellano, en andaluz.
2º) las publicaciones, impresos, modelos, folletos y anuncios institucionales de la CAA, deberán publicarse obligatoriamente en Andaluz, además de en castellano.

Artículo 7.-
Convenios.
La CAA podrá concertar los convenios y acuerdos que considere oportunos con los territorios y comunidades autónomas que lo desee, al fin de proteger, dignificar y normalizar el Andaluz.

Artículo 8.-
Órgano de traducción.
La CAA dispondrá de un órgano de traducción del andaluz al castellano y viceversa, al cual le corresponden las siguientes funciones:
a) efectuar la traducción o certificar la validez de los textos que se publiquen en andaluz en el boletín oficial de la CAA.
b) la de certificar cualquier otro documento o ley en andaluz vigente en la CAA.
Artículo 9.-
Ayuntamientos y diputaciones.
1º) los ayuntamientos andaluces deben adoptar las medidas necesarias para garantizar los derechos lingüísticos de los andaluzoparlantes
2º) la CAA por medio de la consejería de educación y cultura y su departamento de política lingüística, concertará con los ayuntamientos y diputaciones las medidas necesarias para fomentar el uso del andaluz.

Capítulo III
La enseñanza.
Artículo 10.-
La enseñanza
La CAA, en ejercicio de sus competencias, apoyará y garantizará la enseñanza del andaluz en todos los niveles educativos.
Artículo 12.-
El caló.
El caló no tendrá la consideración de “lengua lectiva” aunque sí la de “lengua andaluza”, su enseñanza será optativa para la comunidad de cultura romaní.
Artículo 13.-
La lengua vehicular.
El castellano y el andaluz tendrán en la CAA la condición de lenguas vehiculares” en la administración y la enseñanza.
En la enseñanza se podrán impartir el castellano, caló, inglés y andaluz de la siguiente forma:
-modelo a: el castellano será la lengua vehicular y el inglés y el andaluz asignaturas obligatorias.
-modelo b: tanto el andaluz, como el castellano serán lenguas vehiculares, el inglés se impartirá como una asignatura obligatoria y el caló como optativa a la Comunidad Cultural Romaní.
-modelo c: el andaluz será la lengua vehicular y el inglés y el castellano asignaturas obligatorias.
Artículo 14.-
Obligatoriedad.
1º) en ningún caso el castellano y el andaluz podrán dejar de impartirse.
2º) ambas lenguas serán en todos los niveles asignaturas obligatorias.
3º) el caló y el inglés no podrán en ningún caso desplazar al castellano y andaluz como asignaturas.
4º) el inglés no podrá ser sustituido por el caló, como asignatura obligatoria.
5º) el caló tendrá siempre la condición de lengua optativa.
Artículo 15.-
Titulaciones.
La CAA por medio de la consejería de educación y cultura y el departamento de política lingüística, establecerá las titulaciones y procedimientos necesarios para:
a) impartir la enseñanza del andaluz
b) acreditar el conocimento de él
c) crear los procedimientos necesarios para autorizar los libros de texto en andaluz.
d) acreditar el curriculum necesario para imaprtir andaluz en los diferentes niveles educativos.
e) así como la colaboración con las universidades andaluzas, para capacitar por medio de cursos puente a los licenciados, como profesores de Lengua y Literatura Andaluza.
Capítulo IV
Los medios de comunicación.
Artículo 16.-
La difusión.
La Junta de Andalucía, por medio del departamento de política lingüística facilitará el empleo y difusión del andaluz en los medios de comunicación mediante:
1º) el fomento de su empleo en los medios audiovisuales y en la industria editorial.
2º) garantizando la existencia de circuitos lingüísticos en andaluz en todos los niveles de la administración.
3º) garantizando la existencia de al menos un canal de TV, una emisora de radio y una publicación diaria en andaluz.
Artículo 17.-
La industria editorial y audiovisual.
a) el Departamento de Política Lingüística, en colaboración con las áreas de economía e industria, apoyarán con ayudas a fondo perdido o con la compra de una parte de la producción al andaluz.
b) los anteriores departamentos de la Junta apoyarán el etiquetado bilingüe andaluz/castellano, de todos los productos o bienes puestos a la venta en la CAA.
Capítulo V
Toponimia y antónimos
Artículo 18.-
Topónimos.
1º) los topónimos de la CAA tendrán como denominación oficial la forma dialectal andaluza junto a la castellana.
KAI/CÁDIZ.
2º) los citados topónimos se fijarán de forma conjunta por la Junta de Toponimia de la CAA, dependiente del Departamento de Política Lingüística y el ayuntamiento correspondiente.
3º) los antónimos que tengan como origen un topónimo, podrán escribirse en forma dialectal.
4º) un futuro reglamento fijará las normas para registrar a los nacidos en la CAA, con formas dialectales.
Capítulo VI
Órganos consultivos.
Artículo 19.-
Órganos consultivos.
Tendrán carácter consultivos en materia lingüística:
a) la Autoridad del Andaluz.
b) las Facultades de Filología Andaluza de las diferentes universidades de la CAA.
c) y la Junta de Toponimia dependiente del departamento de política lingüística de la CAA.
Artículo 20.-
La autoridad del andaluz.
Le corresponde a la Autoridad del Andaluz las siguientes funciones:
1º) asesorar en materia del andaluz a la Junta de Andalucía
2º) propiciar la dignificación y normalización del andaluz
3º) el emitir dictámenes por iniciativa propia o de la Junta de Andalucía sobre actuaciones relacionadas con el andaluz.
4º) el seguimiento de los programas en materia del andaluz.

Disposición Transitoria.
En tanto la consejería de educación y cultura de la CAA no elabore los procedimientos a seguir y los planes de estudios necesario para acceder a las titulaciones necesarias, para impartir el andaluz, organizará los cursos de reciclaje que considere oportunos al fin de preparar los licenciados necesarios para impartir esa asignatura.

Disposición final
Se autoriza a la consejería de educación y cultura de la Junta de Andalucía, y a su departamento de política lingüística a dictar las disposiciones y reglamentos necesarios para desarrollar y ejecutar la presente ley.

Huanfe Zancê.
(1) texto de un hipotético Estatuto de Autonomía reformado

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